
Tributación de los impuestos a empresas en chile
En Chile, el cumplimiento de las obligaciones tributarias es esencial para las empresas, que deben familiarizarse con los distintos sistemas de tributación disponible. Estos incluyen; el régimen general de tributación, el régimen pro-pyme, el régimen pro-pyme con opción de transparencia y el régimen de renta presunta. Cada uno de estos sistemas dicta como cada una de las empresas calculan y pagan sus impuestos en chile. Las principales características de ellos son:
Indice Tributación de Impuestos a Empresas en Chile
- Régimen General o Semi Integrado.
- Régimen pro-pyme general.
- Régimen pro-pyme con opción de transparencia.
- Régimen de renta presunta.
Régimen General de Tributación o Semi-Integrado
Este régimen está enfocado a las grandes empresas, entre sus principales características destacan:
- Tributación:
- La empresa tributa impuesto de primera categoría, con base imponible del artículo 29 al 33 de la ley de impuesto a la renta.
- Los propietarios tributan sus impuestos personales o finales en base a retiros, remesas o distribuciones efectivas, con imputación parcial del 65% del crédito por impuesto de primera categoría (IDPC)
- Su base imponible la calcula según procedimiento general de los artículos 29 al 33 de la Ley de la Renta.
- Deben llevar contabilidad completa.
- Determinan año a año una tasa variable de PPM.
- Beneficios:
- Liberación de llevar registro cuando no generen o perciban rentas que deban controlarse en el registro REX.
- Determinación de la situación tributaria de retiro, remesas o distribuciones al termino del ejercicio.
- Rebaja por Incentivo a la Inversión 50% de la renta liquida imponible del IDPC con tope de UF 5.000.
- Puede la empresa anticipar a sus propietarios el crédito por impuesto de primera categoría.
Régimen Pro-Pyme General
Esta enfocado a los medianos, pequeños y micro empresarios (contribuyentes). entre sus características destacan:
- Tributación:
- La empresa determina la base imponible del IDPC sobre la base de ingresos percibidos menos los gastos pagados.
- Los propietarios afectan sus impuestos finales sobre los retiros, remesas o distribuciones efectivas, con imputación total del crédito por IDPC, salvo que el propietario sea contribuyente del IDPC y no este bajo el régimen pro-pyme.
- Contabilidad, por norma general llevan contabilidad completa, con opción de llevar una contabilidad simplificada.
- Su base imponible la calcula según ingresos percibidos y gastos pagados.
- Su tasa de PPM:
- Año de inicio un 0,25%.
- Un 0,25% si los ingresos brutos del año anterior no exceden de U.F 50.000.
- Un 0,5% si los ingresos brutos del año anterior exceden de UF 50.000.
Beneficios?
El sii propone declaración de impuesto en base a registro de compra/venta.
No aplica correción monetaria
Las existencias a fin de año se reconocen como gasto.
aplica depreciación instantánea del activo fijo.
Base impoible según ingresos percibidos y gastos pagados, salvo con empresas relacionadas.
Régimen Pro-Pyme con Opción de Transparencia.
Régimen enfocado en las medianas y pequeñas empresas (Pymes) y micro empresas. sus características son:
- Tributación:
- La empresa determina su base imponible de IDPC en base a ingresos percibidos y gastos pagados, queda liberada de pagar IDPC.
- Propietarios tributan en base al resultado tributario de la empresa.
- Contabilidad, están liberados de llevar contabilidad completa, basta con el registro del sii de compras y ventas, salvo que no estén obligados a llevar este registro, caso en el que deben llevar un registro de ingreso y egreso
- Base Imponible basada en ingresos percibidos y gastos pagados.
- Tasa de PPM, por norma es de 0,2% mientras los ingresos brutos del giro no excedan de UF 50.000.
- Año de inicio un 0,2%.
- 0,2% si los ingresos brutos del giro y del año anterior no exceden de UF 50.000.
- 0,5% si los ingresos brutos del giro y del año anterior exceden de UF 50.000.
Beneficios
- El sii le entrega propuesta de declaración de renta, que es complementable por el contribuyente.
- No aplica correción monetaria.
- Sus inventarios a fin de año los lleva a gastos.
- aplica depreciación instantánea a su activo fijo.
- Base imponible sobre ingresos percibidos y gastos pagados, incluye en esta retiros o dividendos percibidos por participación en empresas.
- Liberada de llevar registro de rentas empresariales.
- Determina capital propio tributario simplificado.
- Utiliza tasas fijas de PPM.
- Puede acceder a un informe tributario del SII que lo puede utilizar ante terceros.
- En contra de los impuestos personales, los propietarios aplican crédito del artículo 33 de la LIR y los asociados a retiros y dividendos percibidos. También aplica crédito por IDPC al ingreso diferido por cambio de régimen.
Régimen de Renta Presunta.
Está enfocado a las actividades agrícolas, transporte y minería. Las actividades deben mantenerse los siguientes límites: Agrícolas UF 18.000, Transporte UF 10.000 y Minería UF 34.000.
- Contabilidad.
- Puede llevar una contabilidad simplificada.
- Base imponible
- Avalúa fiscal, tasación de vehículos, otros.